PASOS
PARA CREAR UNA EMPRESA
Para
crear una empresa en Venezuela son
necesarios una serie de trámites y
conocimientos que deberás tener en cuenta antes de empezar.
El
primer paso para crear una empresa en Venezuela
hay que darla de alta en el Registro Mercantil
y, si la empresa es con capital extranjero, también en la Superintendencia de Inversiones Extranjeras. La legislación de Venezuela reconoce diferentes tipos de sociedades, aunque las más habituales son dos: la compañía anónima y la compañía de responsabilidad
limitada. Una vez escogida la forma de organización se deberán
elaborar los estatutos de la compañía y presentarlos en el Registro Mercantil.
En
ellos deben quedar claros los objetivos de la empresa,
el capital con el que se cuenta, la administración, la estructura de la
empresa… (en el caso de la compañía anónima
y la compañía de responsabilidad limitada
es obligatoria la presencia de, al menos, dos accionistas).
En definitiva, todos aquellos puntos que se encuentran en el plan de negocios que se elabora para convertir la idea
inicial de negocio en un proyecto real.
Tras
estos pasos básicos e iniciales, deberás llevar a cabo algunos trámites más, como solicitar el permiso de funcionamiento en la alcaldía del lugar en el
que hayas decidido crear una empresa en Venezuela,
así como obtener el número de identificación fiscal (RIF).
En todos los pasos necesarios para crear una empresa en Venezuela,
es importante también contar con el asesoramiento de un abogado que nos ayude a llevar los trámites necesarios.
1.-
Solicitud de búsqueda de nombre o denominación social
Efectuar
la solicitud de búsqueda de nombre (denominación) mediante un formato que le
entregarán en la taquilla 1 (visto bueno). Dicho formato deberá rellenarlo
usted mismo en letra clara y de imprenta, para luego cancelar los derechos
correspondientes en la caja 2 (Bs.18.400,oo); el resultado de la búsqueda le
será entregado al tercer día hábil siguiente (en tiempo normal)
EN CASO
DE URGENCIA, usted tiene la posibilidad de obtener el resultado el mismo día
que realice la solicitud o el siguiente, previo pago de los derechos
correspondientes a habilitación o anticipación.
Para el
mismo día:
Búsqueda
= Bs. 18.400,oo
Habilitación
= Bs. 30.240,oo
Total
búsqueda + habilitación = Bs. 48.640,oo
Para el
día siguiente:
Búsqueda
= Bs. 18.400,oo
Habilitación
= Bs. 20.160,oo
Total
búsqueda + habilitación = Bs. 38.560,oo
2.-
Reserva de nombre o denominación social
De
encontrarse libre el nombre o denominación social solicitado, usted DEBERÁ
pagar el monto correspondiente a los derechos de reserva, dentro de los tres
(3) días hábiles siguientes a la fecha en la cual se produjo la respuesta positiva,
ya que de no hacerlo el nombre o denominación quedará automáticamente
disponible. Dicho pago deberá efectuarse a través de una planilla de la
Alcaldía del Distrito Metropolitano (FM-02 o Formulario Metropolitano), y el
respectivo depósito bancario por la cantidad de Bs. 67.200,oo en alguna de las
cuentas a nombre de “ADMC. INGRESOS TRIBUTARIOS” en los siguientes Bancos:
-
BANESCO: Cuenta corriente Nº 0134-0016-48-0161011452
-
PROVINCIAL: Cuenta corriente Nº0108-0582-18-0100016163
-
MERCANTIL: Cuenta corriente Nº 0105-0638-71-1638260605
Posteriormente,
regrese al Departamento de Visto Bueno con el original y dos (2) fotocopias
legibles del recibo de depósito, donde le sellarán la planilla cancelada como
recibida, quedando entonces reservada la denominación por TREINTA (30) días
hábiles
3.-
Sello de "Visto Bueno"
Dentro de
los TREINTA (30) días hábiles siguientes a efectuada la reserva de nombre, debe
dirigirse a la taquilla 2 con el acta constitutiva de la compañía o firma
personal para que le estampen el sello de visto bueno después de revisar que el
nombre o denominación social se encuentre bien escrito es decir, que se
corresponda exactamente con la denominación reservada
4.-
Compra de planillas
Adquiera
en la taquilla de timbres fiscales, tantas planillas de liquidación de la
Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas (FM-02 o Formulario
Metropolitano) como documentos desee inscribir
5.-
Cálculo de montos a pagar por la inscripción
Al
presentarse en la taquilla 6 (Taquilla de Cálculo) con su documento y la
planilla de liquidación de la Alcaldía, el funcionario del Registro efectuará
el cálculo de las cantidades que usted deberá pagar por los conceptos de tasas
contempladas en la Ley de Timbre Fiscal (correspondientes al fisco), estampillas
o timbres fiscales y aranceles
6.-
Elaboración de planilla de derechos del fisco
En la
misma taquilla, un funcionario rellenará la planilla de la Alcaldía conforme a
lo calculado de acuerdo a la Ley de Timbre Fiscal y posteriormente (cuando la
tenga lista) será llamado para entregársela.
7.- Pago
de los derechos correspondientes al fisco
Pague la
cantidad expresada en dicha planilla mediante depósito a nombre de: “ADMC.
INGRESOS TRIBUTARIOS” en una de las cuentas que posee la Alcaldía Mayor en los
Bancos señalados en el punto 2 . Cuando el pago a la Alcaldía sea mayor a Bs.
1.000.000,oo, se requiere carta de certificación bancaria, además del
respectivo depósito
8.-
Elaboración del recibo de pago de los derechos del registro
Después
de efectuado el pago al fisco metropolitano (planilla de la Alcaldía Mayor),
diríjase a la taquillas 7/8 (Taquillas de Presentación) a entregar la planilla
cancelada, el documento y su cédula de identidad. Luego el funcionario colocará
los sellos correspondientes, los llenará y realizará el recibo de pago de los
derechos de registro o aranceles, con indicación del monto de timbres fiscales
o estampillas que deberá traer al momento del otorgamiento
9.- Pago
de los derechos del registro
Por la
caja 1 será llamado para que pague los derechos de registro y le asignen fecha
de otorgamiento o firma del documento para el tercer (3er) día hábil siguiente
(tiempo normal). EL PAGO PUEDE EFECTUARSE EN EFECTIVO, MEDIANTE CHEQUE
CONFORMABLE O CHEQUE DE GERENCIA A NOMBRE DE: Registro Mercantil Primero
10.-
Firma del libro diario de presentaciones
Luego,
será llamado por las taquillas 7/8 donde firmará el Libro Diario de
Presentaciones y le devolverán su recibo y cédula (pasaporte)
ASI
FINALIZA EL PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO E INMEDIATAMENTE PASARÁ
AL DEPARTAMENTO LEGAL DONDE COMENZARÁ EL PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN Y
PROCESAMIENTO
En caso
de que hubiese solicitado habilitación, el usuario deberá dirigirse al Departamento Legal
y esperar que el abogado revisor examine el documento y le informen acerca de
su procedencia, o si por el contrario presenta alguna falla o error o es
necesaria la presentación de algún anexo
11.-
Otorgamiento o firma del documento
Regrese
al Registro el día fijado para el otorgamiento y presente el recibo de pago al
funcionario que se encuentra en la entrada de la sala de otorgamientos, quien
anotará la hora. Los funcionarios de ese Departamento ubicarán el documento y
verificarán nuevamente si existe en el sistema alguna prohibición legal para la
firma;
Mientras
tanto, por favor diríjase a la sala de espera en donde será llamado de acuerdo
al orden de llegada. RECUERDE PREPARAR SU CÉDULA Y LOS TIMBRES FISCALES DE LA
ALCALDIA MAYOR POR EL MONTO QUE APARECE EN LA PARTE INFERIOR DEL RECIBO (PUEDE
COMPRARLOS EN LA TAQUILLA DE TIMBRES FISCALES)
Una
vez en la sala de otorgamientos, el funcionario comprobará su identidad por
medio de su cédula laminada o pasaporte y le requerirá los timbres fiscales,
así como cualquier recaudo que se le hubiese pedido con anterioridad; de
encontrarse todo en orden, el presentante procederá a firmar el documento y sus
copias
12.-
Revisión final y firma del Registrador
Los
abogados del Departamento de Otorgamiento revisarán el documento a fin de
constatar el cumplimiento de todos los extremos legales –entre otras cosas-
sellos, notas de certificación, etc., e introducirán los datos relativos al
acto en el sistema informático. Posteriormente, el documento original, las
copias certificadas solicitadas por usted y las destinadas a los Libros de
Protocolo y Registro Principal pasarán al Despacho del Registrador o de la
Registradora, quien firmará cada uno de ellos, por orden de llegada.
13.-
Entrega del documento otorgado

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